Despidos

Trabajadores

 

 

Debe contactar con su abogado antes de los veinte días hábiles desde que tuviese conocimiento del mismo; si no se hace, caduca la acción y pierde usted el derecho a reclamar la indemnización que le pudiese corresponder.
A partir de ahí, pondremos en marcha el mecanismo para lograr su permanencia en el empleo, o en su caso, la mayor indemnización que legalmente le corresponda.

 

 

  • Que en determinadas ocasiones, si usted tiene un contrato de trabajo temporal, y se le extingue el mismo, puede tener derecho a una indemnización por despido.
  • Que existen trabajadores autónomos prestando servicios para empresas, como por ejemplo repartidores con vehículo propio o médicos que prestan servicios para clínicas privadas, entre muchos otros, que pueden tener derecho a ser indemnizados por despido cuando la empresa le comunique que prescinde de sus servicios.
  • Que la antigüedad puede ser superior a la que aparece en su contrato de trabajo.
  • Que el salario a efectos de despido puede resultar superior al que efectivamente se percibe en nómina, y al que pueda ofrecer la empresa.

Empresarios

 

 

Deberá contactar con su abogado tan pronto como se vea en la necesidad de prescindir por cualquier causa de algún trabajador.

Es muy importante ponerse en contacto con el letrado que le marcará la línea de actuación antes de efectuar cualquier manifestación en la empresa sobre su deseo de rescindir el contrato de algún trabajador, y de efectuarle cualquier manifestación al mismo.

Le informaremos sobre la forma de efectuar la extinción del contrato que les resultemenos gravosa realizando un profundo estudio sobre el caso que nos plantee.

 

 

  • Que en la actualidad puede despedirse a un trabajador abonándole la indemnización legal, pero limitando e incluso suprimiendo los salarios de tramitación que tanto encarecían los despidos.
  • Que el despido puede efectuarse, según sea el supuesto de la forma que resulte menos gravosa para ambas partes.
  • Que existen ocasiones en las que no habría que abonar cantidad indemnizatoria alguna ni salarios de tramitación; dependiendo de la actuación del trabajador en la empresa, y de la habilidad de su abogado.
  • Que en determinadas ocasiones puede limitarse la indemnización, y podrá según los casos reclamar del Fondo de Garantía Salarial parte de la indemnización.

Expedientes de Regulación de Empleo

Trabajadores

 

 

En caso de que se vea incluido en un Expediente de Regulación de Empleo, debe contactar de manera inmediata con su abogado quién deberá averiguar si es ajustada a derecho o no la extinción colectiva que se pretende, así como aconsejarles sobre la conveniencia de llegar a un acuerdo y los términos del mismo.

 

 

  • Que tiene derecho a percibir una indemnización así como los salarios que se le adeuden y los salarios de tramitación que se pudiesen generar.
  • Que en caso de que la empresa u/o empresario resultaren insolventes,  podrárecuperar del organismo competente su indemnización y los salarios que le adeuden con los límites legalmente establecidos que actualmente resultan muy amplios.
  • Que el empresario, según los casos puede incurrir en responsabilidades civiles e incluso penales, existiendo la posibilidad de que llegue a responder de su deuda con los trabajadores con todo su patrimonio.
  • Que depende de la habilidad de su abogado el acuerdo que se pueda alcanzar en un Expediente de Regulación de Empleo y la pronta recuperación de su indemnización y de los salarios debidos en la mayor cuantía que legalmente le corresponda.

Empresarios

 

 

Deberá contactar con su abogado tan pronto como se vea en la necesidad de prescindir por cualquier causa de algún trabajador.

Es muy importante ponerse en contacto con el letrado que le marcará la línea de actuación antes de efectuar cualquier manifestación en la empresa sobre su deseo de rescindir el contrato de algún trabajador, y de efectuarle cualquier manifestación al mismo.

Le informaremos sobre la forma de efectuar la extinción del contrato que les resultemenos gravosa realizando un profundo estudio sobre el caso que nos plantee.

 

 

  • Que en caso de necesitar una extinción colectiva y no efectuar el trámite como legalmente se establece puede dar lugar a responsabilidades civiles e incluso penales.
  • Que la responsabilidad civil puede sobrepasar los límites de la empresa, y extenderse según los supuestos al propio patrimonio del empresario.
  • Que en ocasiones no tiene que asumir directamente la totalidad de la indemnización.